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Santiago Terán: una muestra del sistema judicial selectivo, de clase, racista, xenófobo, patriarcal y misógino

El sistema judicial: su estructura e ideas

«Cuando el sujeto está dispuesto a matarte, no hay ninguna barrera que lo frene, sólo un tiro en la cabeza, y ese tiro lo va a tener que disparar la mujer cuando el sujeto vaya a buscarla», dijo Santiago Terán, el fiscal jefe de Cutral Có – Provincia de Neuquén, mientras abordaba una charla sobre cuáles serían las salidas para evitar los femicidios. «Vamos a ver si con un arma venís a hacerte el malo», sostuvo el fiscal, que en la entrevista agregó que no es apologista de la violencia, sino de la «defensa propia».

De esta forma el fiscal Terán sugirió que las personas en situación de violencia de género deben defenderse a tiros y aprender artes marciales. 

Femicidios

En lo que va del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia covid-19, desde el 20 de marzo hasta el 6 de agosto, fueron asesinadas más de 100 mujeres como víctimas de violencia de género, según reportes del Observatorio de Femicidios Adriana Marisel Zambrano de «La Casa del Encuentro».  

El femicidio de María Marta Toledo ocurrió el 29 de Julio de 2020 en la zona de chacras de la ciudad de Centenario, en cercanías del río Neuquén.

Algunos diarios titularon que «la mataron», en un intento de diluir responsabilidades. Luego aclaran que en realidad el acusado del hecho es Rodolfo Fabián Lucini de 55 años, esposo de su amiga. La habría ido a buscar a su casa, se fueron en su vehículo, y en un lugar alejado la golpeó, la mató y arrojó su cuerpo a un canal de riego donde luego fuera encontrada. 

El asesino Lucini intentó con posterioridad dar falsas explicaciones recurriendo a mentiras con el fin de desviar la investigación. El juez avaló los cargos definidos por la fiscalía que lo acusó de femicida, y dictó seis meses de prisión preventiva por considerar acreditados los riesgos de fuga y de entorpecimiento. 

En ese contexto el fiscal Santiago Terán arroja sus opiniones ante todo aquel que lo quiera escuchar. Se hizo viral su postura machista cuando defendió sus ideas en un programa periodístico televisivo, tornándose agresivo contra la mujer periodista, y enarbolando en nombre de la «defensa propia», ideas y prácticas opuestas a las leyes, pero principalmente a las conquistas de los movimientos de mujeres que exigen a esa justicia la incorporación de derechos que provienen de sus luchas contra la opresión.  

Tal vez el Ministerio Público Fiscal inicie acciones sumarias contra este fiscal. Debería ser sometido a un juicio político por parte de ese Ministerio precisamente por tener un cargo de responsabilidad en la justicia, y esgrimir argumentos que no se ajustan al derecho, además de su conducta misógina contra una periodista. 

¡No nos callamos más!

Las afirmaciones de Terán fueron rápidamente repudiadas en todo el país.

400 mujeres neuquinas, organizadas de forma colectiva, difundieron en las redes sociales que «(…) la violencia machista no se resuelve con más violencia. De ninguna manera se evitarán más femicidios incitando a las mujeres, víctimas de violencia machista, a la comisión del delito de homicidio (…)».

Por su parte la organización Mumalá de Cutral Có, en la misma línea manifestó que «resulta inadmisible que ésta sea la respuesta del Estado hacia las mujeres que acuden al Poder Judicial al momento de denunciar y solicitar protección estatal».

También se manifestaron desde la Mesa de Mujeres de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación. Repudiaron «la violencia machista y las concepciones misóginas del fiscal Terán», que lamentablemente expresan el pensamiento de muchos jueces y fiscales del Poder Judicial. «No queremos una justicia patriarcal. Su argumento deja en evidencia la falta de perspectiva de género a la hora de analizar los institutos del derecho penal, apoyando enfáticamente la capacitación obligatoria en perspectiva de género tal como lo establece la Ley Micaela».

El sistema judicial de este sistema social

La conmoción que produjo este tremendo hecho en la ciudad de Centenario, movilizó a la población que a los pocos días salió a la calle a exigir justicia. 

Pero ¿de qué hablamos cuando decimos “justicia”? 

Desde que la ley se utiliza en el Estado moderno para el disciplinamiento social, su aplicación es selectiva, de clase, racista, xenófoba, patriarcal y misógina. Opera centralmente sobre hombres, mujeres y personas LGBTIQ+ de la clase social oprimida. Allí dirige su aparato punitivo. Se basa en estereotipos y prejuicios que van definiendo e imponiendo socialmente qué es lo que se va a perseguir y qué es delito. Esa ley no es igual con los hombres que con las mujeres y personas LGBTIQ+, porque de ambos se esperan actitudes diferenciadas en la sociedad. 

Para poner un ejemplo. En Argentina una mujer -que preservaremos su identidad- fue condenada a cadena perpetua por un delito que no cometió. Y el juez pudo escribir en la sentencia, que aunque no había pruebas, era culpable. Esa misma mujer salió absuelta luego de pasar doce años presa. Fue una abogada con perspectiva de género y con una actitud de compromiso y valentía quien asumió su defensa aún después de un fallo de la Corte Suprema, y demostró que desde la investigación de la causa se actuó deliberadamente inventando la imagen de una «delincuente» y se condenó sin pruebas a cadena perpetua a una mujer inocente. 

En el medio sucedió de todo. En primer lugar su injusta vida privada de la libertad sin haber cometido ningún delito. Luego el daño colateral que esto le causa a sus familiares y seres queridos. Y finalmente esa persona incorpora una nueva noción de lo que antes consideraba «la justicia».*

No son iguales los hombres que las mujeres y personas LGBTIQ+ ante la Ley.  A las mujeres y disidencias se las pre-juzga moralmente; si son buenas o malas madres; si su vestimenta es la adecuada; si las formas de divertirse son las que se esperan de ellas, y muchos etcéteras. Se crea una imagen de culpabilidad basada en prejuicios y en las ideas que imponen socialmente las clases dominantes a lo largo de la historia, de lo que debe hacer una mujer en este sistema social. 

* En CineAr se puede encontrar la película vinculada a esa sentencia: «Fragmentos de una amiga desconocida»

Un largo recorrido, el mismo sistema social de opresión

Las herramientas del amo nunca derribarán la casa del amo

Audre Lorde. Escritora afroamericana, feminista, antirracista

Para comprender la brutal falta de perspectiva de género que impera adentro del mundo de «la justicia»,  podemos contextualizar el momento en que se creó la Ley Micaela. 

En Argentina numerosos antecedentes jurídicos recomiendan la capacitación con perspectiva de género de lxs funcionarixs estatales:

 1979
Se crea en las Naciones Unidas la convención CEDAW  que en su art. 5 dice: «Los Estados parte tomarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conductas de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos, o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres».

1992
Recomendación general de la CEDAW: «(…) es indispensable que se capacite a los funcionarios judiciales, los agentes del orden público, y otros funcionarios públicos para que apliquen esta convención».

1994
Reforma Constitucional Argentina. Se comienzan a estudiar convenciones internacionales que van a tener la misma jerarquía que otras normas constitucionales.

1996
Argentina adopta la convención de Belén Do Pará (Ley 24.632) que en su Art. 8c se dirige a fomentar la educación y capacitación del personal de la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley.

1996
Ingreso de mujeres en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y creación de la Oficina de Violencia Doméstica, a la vez que se sanciona la ley de Educación Sexual Integral. 

2009
Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales.

2009
Se crea en el poder judicial la Oficina de la Mujer en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia. Se intenta introducir la perspectiva de género al interior de la institución judicial.  

Ya con la implementación de algunas de estas normas se supondría que el Estado debería haber comenzado a tener agentes formados con perspectiva de género. Sin embargo hasta el día de hoy si no fuera por el accionar colectivo y las luchas de las organizaciones sociales y políticas que se manifiestan y exigen el cumplimiento de los derechos  de las mujeres y disidencias, estaríamos aún en pañales. 

Ley Micaela

Micaela García

Micaela García era entrerriana, militante política, deportista y estudiante. Tenía 21 años cuando en el año 2017, un día a la salida de un baile fue interceptada, violada y asesinada por Sebastián Wagner. El femicida tenía otras causas por violencia sexual. El juez de ejecución penal le había concedido salidas transitorias, desoyendo las recomendaciones en contrario del servicio penitenciario. Se supo también que ese mismo día la policía había desestimado una denuncia contra Wagner realizada por una persona menor de edad. Conducta judicial y policial sin perspectiva de género que conduce sin pausa a que a los siete días de su desaparición, se encuentra a Micaela cuando ya no había nada que pudiera hacerse, desde la responsabilidad del Estado, para protegerla.

Luego de su muerte, personas militantes y con años de luchas por la defensa de derechos de las mujeres y por una justicia no patriarcal, escribieron el proyecto de ley que establece la capacitación obligatoria con perspectiva de género para todos los estamentos del Estado. 

Cuentan quienes promovieron la ley, que una vez presentada en el congreso casi no llega a ser tratada. Explican que los temas de género van siendo postergados para su tratamiento por otros temas que resultan  más importantes. Finalmente se decretan sesiones extraordinarias para tratar esta ley en el marco de un  nuevo escándalo y repudio generalizado de los movimientos de mujeres de nuestro país que ejercieron presión al gobierno de Macri para tomar alguna iniciativa: Por un lado debido a una sentencia judicial misógina; y por el otro,  por una denuncia pública en los medios de abuso sexual. La primera es la sentencia del Tribunal Oral N° 1  de Mar del Plata (causa n° 4974), que el 26 de noviembre de 2019 absuelve a los responsables del femicidio y abuso sexual de Lucía Pérez. La segunda fue la denuncia mediática por abuso sexual que realiza Thelma Fardín junto al colectivo Actrices Argentinas y la Campaña “Mirá Cómo Nos Ponemos”. Asi fue que se aprobó casi por unanimidad la ley Micaela. Una medida no punitivista, que propone a la capacitación como una herramienta para combatir la violencia contra las mujeres. 

Luchas que se suceden a lo largo de la historia, que van sumando conocimiento y experiencia acerca de  las causas profundas de la opresión de la mujer en el sistema capitalista. Así como también, recorridos de acumulación de experiencia colectiva respecto de las formas más efectivas para combatir y transformar las causas estructurales del sistema que nos oprime.  

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