Santiago del Estero: negaron la ILE a una nena de 12 años que fue violada

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Autoridades médicas de la Unidad Primaria de Atención Sanitaria  N° 3 de Villa Griselda, La Banda, en Santiago del Estero, le negaron la interrupción legal del embarazo (ILE) a una nena de 12 años que quedó embarazada producto de una violación.

María es cartonera y, tal como consta en su legajo del sistema de protección de niñez, su vida está atravesada por la violencia sexual desde pequeña: figuran denuncias en 2011, 2013 y 2017.

En Santiago del Estero no se aplica un protocolo de atención de los casos de aborto permitidos en el Código Penal desde 1921 y lo que ocurre en muchos casos es que profesionales de la salud que trabajan en el sector público operan para impedir las ILE.

El 2 de abril la niña fue a atenderse con dolores abdominales a la Unidad Primaria de Atención Sanitaria (UPA) N° 3, de Villa Griselda, de La Banda. La revisaron y la mandaron a hacerse una ecografía a otro UPA, ya que ahí no tenían equipamiento. Finalmente se la hicieron el 6 de abril en el del barrio Misky Mayu.

La ecografía dio una edad gestacional de 20 semanas. La menor y su madre regresaron a la UPA de Villa Griselda y tal como pudo reconstruir la referente en Salud Sexual y Reproductiva de Santiago del Estero, nunca le brindaron la consejería en derechos sexuales y reproductivos ni le dieron información adecuada y conforme a su autonomía progresiva contemplada en la Convención sobre Derechos del Niño (artículos 3 y 5) y el Código Civil y Comercial de la Nación (artículo 26).

La médica María de los Ángeles Pereyra, coordinadora de la UPA N° 3, de Villa Griselda demoró casi tres semanas en informar a las autoridades sanitarias de la provincia sobre el embarazo de María que, dado que tiene menos de 13 años, se considera siempre que es producto de violencia sexual.

Cuando el informe ingresó al Ministerio de Salud, teniendo en cuenta la información notificada por la médica Pereyra, se presumió que la niña ya tenía un embarazo avanzado, que entraba en la semana 30 de gestación, lo cual dificultaba la posibilidad de ILE.

El miércoles 13 de mayo, se convocó a un tocoginecólogo especializado de la provincia que dio garantías, siguiendo el protocolo de ILE de Nación, de que se estaba a tiempo para ofrecer la práctica a la niña. Pero un alto funcionario de Maternidad e Infancia, se echó atrás: alegó que en el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva le dijeron que no era apropiada la práctica.


Declaración de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito

Niña torturada en Santiago del Estero. ¡El Estado es responsable!

En 1921 la segunda reforma del Código Penal habilitó la posibilidad de interrumpir embarazos que fueran consecuencia de una violación. Actualmente, de acuerdo con el artículo 86 del Código Penal y la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “F.A.L” de 2012, las personas tienen derecho a la interrupción legal del embarazo en 3 casos:

-Si el embarazo representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede ser evitado por otros medios;

-Si el embarazo representa un peligro para la salud de la mujer (entendida la salud como el bienestar físico, mental-emocional y social)

-Si el embarazo proviene de una violación.

A nivel internacional, en 1984, la ONU calificó a la obligación a gestar y parir como trato degradante, inhumano y tortura.

Asimismo, el abuso sexual contra la infancia, es considerado como una vulneración grave de los Derechos Humanos. En Argentina, según datos de Ministerio de Salud, el 47% de las niñas víctimas de abuso sexual tienen entre 5 y 12 años. María, la niña a la que negaron sus derechos en el sistema de salud de Santiago del Estero, tiene 12 años.

Estos datos, son apenas algunos de los que permiten ver que una niña de 12 años embarazada no es un caso aislado, ni un problema personal, individual o privado. Con todos estos antecedentes resulta impensable e indignante la inacción y desidia en las reparticiones públicas.

Sin embargo, a María y a su madre les mintieron sobre la edad gestacional de su feto para poder proceder sin problema a la hora de justificar por qué no accionaron cómo correspondía según la ley.

Los/las agentes del Estado tienen la obligación de conocer y hacer cumplir la ley sin dilaciones, pero eso no sucede en el hospital Maternidad e Infancia de Santiago con el Dr. Pedro Carrizo, objetor de que se practique las interrupciones a niñas que sufrieron abusos sexuales.

Exponer, demorar y no informar debidamente sobre los derechos que asisten a las ciudadanas, es una falta grave a sus obligaciones. Y el Ministerio de Salud de la Provincia debería dar respuestas inmediatas y hacerse cargo de este pedido ante este caso tan atroz.


Desde la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito exigimos que haya consecuencias para quienes han bloqueado el acceso a los derechos de la niña.

Para acceder a la interrupción legal del embarazo es necesaria una consulta con un profesional de la salud, en un ámbito confidencial. A María, se lo negaron. Le mintieron, y la revictimizaron. En el caso de una violación no es necesaria una denuncia policial. María tenía 2 de 3 causales.

En 2015, el Ministerio de Salud de la Nación publicó el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Protocolo ILE) con el fin de estandarizar prácticas y garantizar el acceso a este derecho, el mismo fue actualizado a fines del 2019 por el actual Ministro de Salud, pero Santiago del Estero aún no adhirió al mismo.

En este contexto, el reclamo por aborto legal, seguro y gratuito es más actual que nunca. Es evidente la necesidad de que este derecho esté al alcance de todas las mujeres argentinas. Someter a una niña pobre a continuar un embarazo producto de una violación, es reproducir esas mismas condiciones y expectativas de vida a las generaciones futuras.

Nuestros reclamos son más fuertes que nunca. Seguiremos levantando la voz por María, por Lucía, por Belén y por todas las mujeres que son obligadas a poner su cuerpo para satisfacer deseos ajenos.

Recordamos y expresamos enfáticamente la exigencia de que la Provincia de Santiago del Estero debe adherir y garantizar el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo, como así también, respetar la Convención sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes, en tanto en 2018 reafirmó el pedido a nuestro país: “Argentina debe asegurar el acceso a servicios de aborto seguro y atención posaborto para niñas adolescentes, garantizando que sus opiniones siempre se escuchen y se tengan debidamente en cuenta como parte del proceso de toma de decisiones”.

No queremos más niñas víctimas de violación, ni obligadas a gestar embarazos no deseados.

#NiñasNoMadres
#AdhesiónAlProcoloILEYa!
#Educación Sexual para Decidir,
#Anticonceptivos para no abortar,
#Aborto legal para no morir.

Campaña Nacional por el Derecho al aborto legal, seguro y gratuito